La Dirección General de Rentas de Tucumán extendió hasta el próximo 31 de agosto de 2026 el plazo para acogerse al régimen de regularización de deudas fiscales. Esta medida provincial representa una oportunidad importante para los contribuyentes de Tafí Viejo y Lomas de Tafí que necesiten ponerse al día con sus obligaciones tributarias vencidas.
El régimen está diseñado para saldar deudas correspondientes a todos los tributos provinciales que estaban vencidas y eran exigibles al 31 de mayo de este año. Esto incluye no solo los montos originales, sino también los intereses, recargos y multas acumuladas. Así lo explicó Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente de la Dirección General de Rentas, quien recordó la importancia de aprovechar esta prórroga.
Una característica destacada de este plan es la posibilidad de incorporar obligaciones que ya se encuentran en proceso de cobro judicial. Para estos casos, el decreto establece un beneficio adicional que busca alivianar la situación de los contribuyentes, permitiéndoles resolver su situación antes de avanzar a etapas más complejas.
Beneficios en casos de gestión judicial
- Se aplica una reducción del 50% en los honorarios profesionales de los apoderados del organismo.
- Se ofrece la posibilidad de establecer un plan de pagos de hasta 12 cuotas sin ningún tipo de interés.
Descuentos según la modalidad de pago
Uno de los incentivos más significativos del régimen se relaciona con la disminución de los intereses, la cual varía de acuerdo con la forma de pago que elija el contribuyente:
- Para los pagos que se efectúen de contado, se establece una reducción del 50% en los intereses.
- Si se opta por financiar la deuda en hasta seis cuotas, la reducción de intereses será del 40%.
- Para los planes de pago más extensos, que superen las seis cuotas, la reducción alcanzará el 30%.
Es importante recordar que todos los planes de pago que se formalicen durante agosto de 2026 tendrán como fecha de vencimiento para la primera cuota, o para el pago de contado, el 15 de septiembre de 2026.
Requisitos para adherirse al régimen
Para poder acceder al régimen de regularización de deudas durante este mes de agosto, los contribuyentes deben cumplir con una condición fundamental: tener abonadas y cumplidas todas las obligaciones que vencieron a partir del 1 de junio de 2026, incluyendo las correspondientes al propio mes de agosto. En el caso específico de los impuestos Inmobiliario y Automotores y Rodados, es necesario tener pagas las cuotas de junio, julio y agosto de 2026.
Delordi aclaró que estas obligaciones previas, que son condición para el acogimiento al plan, sí pueden abonarse con tarjeta de crédito. Sin embargo, el pago de las cuotas del plan de pagos en sí mismo no puede realizarse con este medio. El pago de las condiciones se efectúa a través del sitio web del organismo, utilizando los botones de pago habilitados, y permite el uso de tarjetas de cualquier entidad bancaria.
Trámite online y gratuito
La adhesión a este régimen de regularización se realiza de manera íntegramente online a través del sitio web oficial de la Dirección General de Rentas: www.rentastucuman.gob.ar. Desde el organismo se ha enfatizado que no es necesario recurrir a gestores ni intermediarios para efectuar el trámite, ya que todos los procedimientos de Rentas son gratuitos.
En caso de requerir asesoramiento o asistencia, los contribuyentes tienen a disposición varias vías de contacto:
- Acercarse a las oficinas de Rentas.
- Comunicarse al call center: 4503700.
- Consultar los correos electrónicos específicos de cada sector, disponibles en la página web oficial.
Evitar la instancia judicial
Finalmente, se destacó que las deudas sobre las que se reciben intimaciones de pago a través de los domicilios fiscales electrónicos también pueden ser incluidas en este régimen. De esta manera, los contribuyentes pueden evitar la gestión de cobro judicial, el inicio de un juicio y el consiguiente pago de honorarios profesionales, representando un ahorro significativo y una solución preventiva.

