El ACyS aclara que: «El IPV sigue violando Nuestros Derechos»
Ante los falsos rumores y las mentiras que hablan de la “legalidad” de las resoluciones que “fijan el precio definitivo” de nuestras viviendas, nuestro dirigente Alejandro Catella aclaró que dichas normas, dictadas por el IPV, VIOLAN NUESTROS DERECHOS.
Catella manifestó que “en las presentaciones que venimos realizando, y que son acompañadas por una gran cantidad de vecinos con su firma, demostramos que el IPV viola la ley sistemáticamente”. Entre los puntos que se objetan, nuestro referente destacó los siguientes:
- La ley 24.464, artículo 22, indica claramente cómo se calcula el precio de las viviendas y NO ESTÁ CONTEMPLADO el cobro de la infraestructura (pavimento. Cloacas. Gas, acueducto, etc.), ítem sumados por el IPV al momento de calcular el precio de nuestras casas.
- El “Plan Federal Plurianual de Construcción de Viviendas” en su artículo UNDECIMO expresa que nuestras viviendas se deben ESCRITURAR en un plazo no mayor a 6 MESES desde la adjudicación.
- La ley de creación del IPVyDU dice claramente que el dinero para gastos administrativos no puede surgir del cobro de cuotas y que el dinero recaudado a través de las mismas SÓLO puede utilizarse para construir nuevas viviendas (ley 3.619, arts. 12, 18 y 24).
Para finalizar queremos destacar el apoyo y la participación de todos los vecinos de Lomas de Tafí que, al igual que nosotros, son movidos únicamente por el deseo de defender sus derechos y mejorar el lugar en el que vivimos.
Aquí los links a las normas violadas por el IPV:
- Convenio Marco Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas: Articulo undécimo (descargar el archivo llamado “Convenio marco Programa federal de construcción de viviendas II”).
- Ley Nº 3.619 Tucumán: Creación del IPV: Artículos 12 y 18 y 24 (gastos administrativos).
- Ley Nº 24464: Precio final de la Vivienda (Artículo 22).
Fuente: Acuerdo Cívico Lomas de Tafi