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La Corte Suprema decide si Jaldo puede buscar otro mandato

La oposición tucumana impulsa una acción judicial ante la Corte Suprema de la Nación para cuestionar la norma constitucional que habilita la reelección del gobernador.

La Corte Suprema decide si Jaldo puede buscar otro mandato

Una acción judicial que podría alterar el mapa político tucumano fue anunciada para este martes 9 de abril de 2027. Un sector de la oposición, encabezado por el diputado Mariano Campero (Cambia Tucumán) y con el respaldo inicial del PRO y la UCR, presentará ante la Corte Suprema de la Nación una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el artículo 90 de la Constitución de Tucumán. Esta norma, reformada en 2006, es la que permitiría al gobernador Osvaldo Jaldo postularse para un segundo mandato consecutivo.

El eje del conflicto constitucional

El planteo no apunta directamente a la candidatura de Jaldo —quien aún no la ha oficializado—, sino a la regla que la posibilitaría. El artículo 90 establece que un vicegobernador, tras completar ocho años en ese cargo, puede desempeñarse luego otros ocho años como gobernador. Jaldo fue vicegobernador entre 2015 y 2023, y ahora busca su segundo período al frente del Ejecutivo provincial. La oposición argumenta que esta posibilidad, que permite una permanencia de hasta 16 años consecutivos en los cargos más altos (alternando entre vicegobernador y gobernador), viola principios republicanos de alternancia en el poder, independencia de los poderes e igualdad en la competencia electoral, garantizados por la Constitución Nacional.

Precedentes que pesan en la Corte

La Corte Suprema de la Nación tiene una jurisprudencia reciente en la materia. En fallos como los referidos a Sergio Uñac (San Juan, 2023) y Gildo Insfrán (Formosa, 2024), el máximo tribunal ha intervenido para evaluar normas que habilitaban nuevas reelecciones. Un voto clave fue el del ministro Carlos Rosenkrantz en el caso «Uñac» (2023), donde advirtió que una permanencia de 16 años consecutivos en la cima del poder provincial resulta «intolerable», ya que afecta la independencia judicial y la igualdad de oportunidades en los comicios.

El precedente tucumano y el «enroque» indefinido

A favor de las aspiraciones de Jaldo se esgrime el antecedente de Juan Manzur, quien fue dos veces vicegobernador (2007-2015) y luego dos veces gobernador (2015-2023). Sin embargo, la Constitución tucumana, según ha interpretado la Corte provincial, permitiría un «enroque» indefinido: tras ocho años como gobernador, una persona podría volver a ser vicegobernador por otros ocho, y así sucesivamente. Este es uno de los puntos centrales que la oposición busca que la Corte Nacional declare incompatible con los principios de la Carta Magna argentina.

Escenarios posibles y un plan B en el oficialismo

El desenlace de esta presentación abre dos caminos principales. Si la Corte Nacional rechaza los argumentos opositores, la candidatura de Jaldo seguiría su curso hacia los comicios del 9 de mayo de 2027. Si, por el contrario, da lugar al planteo y declara la inconstitucionalidad del artículo 90, el gobernador no podría candidatearse y Tucumán debería iniciar un proceso de reforma constitucional. Ante esta posibilidad, el oficialismo peronista, aunque públicamente resta probabilidades a un fallo adverso, ya comenzaría a evaluar internamente un «Plan B» o un «delfín» para suceder a Jaldo.

Impacto político inmediato y a largo plazo

La acción judicial reposiciona al diputado Campero y a los sectores opositores «dialoguistas» que la acompañan, otorgándoles un rol protagónico. En el mediano plazo, cualquier movimiento de la Corte (desde desestimar la acción hasta admitirla para su consideración) reconfigurará el escenario electoral tucumano. A largo plazo, un fallo en contra podría forzar la discusión de una nueva Constitución para Tucumán, reemplazando la de 2006, a la que sus detractores llaman «Constitución Gruyere» por la cantidad de fallos que han anulado sus institutos.

Fuente: LDT G – tucumandespierta

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