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En Facebook el comentario de la Vecina Ivonne motivó la búsqueda de datos para saber que hacer y como actuar cuando nos taca como vecinos personas que no saben vivir en comunidad, me refiero a aquellos que ponenen la música para ser escuchada por ellos y por el resto de la Via Láctea.

Antes de seguir pongamonos de acuerdo en que a todos nos gusta festejar y encontrarnos con familiares y amigos, pero este evento no tiene porque molestar o perturbar a los otros que viven cerca de nuestro hogar.

El problema surge cuando aparece un vecino que no nos respeta, y coloca a todo volumen su música. Siempre la primera opción debe ser ir a decirle que baje el volumen, pero lamentablemente en muy pocas ocasiones funciona, debo decir que en mi caso en algunas oportunidades si funcionó y no tuve mas problemas.

Si charlar no funciona, el siguiente paso es hacer el reclamo en la comisaría de Lomas al tel 156061219 – 4611301, al Centro de Monitoreo a los teléfono: 3814951130 o 4614548, si no tienes respuesta pueden presentarte personalmente ha realizar la denuncia o llamar directamente a la Jefatura de Unidad Regional Norte: (Tafí Viejo) – 9 de Julio 151 – 4618551, otra alternativa es llegarse por la Dirección de Inspección General Municip. Tafí Viejo – Sáenz Peña 236 de 8 a 13 y realizar alli la denuncia.

Entiendo que en ocasiones es engorroso y molesto tener que moverse ir de un lado a otro todo por culpa de quienes no saben vivir en sociedad, pero intentemos hacerlo, hagamos el esfuerzo, para que estos focos de inadaptados sean detenidos desde el principio, porque luego será muy complicado, por no decir imposible. No dejemos que Lomas de Tafí se transforme en lo que no queremos, defendamos nuestro lugar.

Para los vecinos de Lomas de Tafí existen Normas Municipales que podemos invocar:

Ordenanza Nº27/2010 – Artículo 19°

Queda prohibida la emisión de ruidos molestos en horarios de descanso (14 a 17 y a partir de las 22 hs y hasta las 7:00 hs inclusive), que perturben la convivencia entre vecinos.

Municipalidad de la Ciudad de Tafi Viejo – Decreto Nº 4299/2011 – Articulo 3 – K – 6 –

La emisión de ruidos molestos fuera de los horarios establecidos, será penado con 200 (doscientas) unidades.

Como dato agrego información brindada por el usuario «Soy de Lomas» :

La Ley en casos de ruidos molestos por supuesto ya sabemos que en nuestro pais, para que la Ley se cumpla hay que hacer fuerzas «art. 41 de la Constitución de la Nación Argentina (1994), que garantiza «el derecho a un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano y establece la obligación de preservarlo».

La Ley 13.512 prevé en su artículo 6º que: «Queda prohibido a cada propietario y ocupante de inmuebles
• Destinarlos a usos contrarios a la moral o buenas costumbres o a fines distintos a los previstos en el reglamento de copropiedad y administración;
• Perturbar con ruidos, o de cualquier otra manera, la tranquilidad de los vecinos, ejercer actividades que comprometan la seguridad del inmueble, o depositar mercaderías peligrosas o perjudiciales para el edificio».

artículo 1071 CC, que: «El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto. La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos. Se considerará tal al que contraríe los fines que aquélla tuvo en mira al reconocerlos o al que exceda los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres.»Es decir que nadie puede ir «más allá» de la buena fe del vecino o de las buenas costumbres que armonizan toda convivencia.

Art. 2628 del CC“Las molestias que ocasionen el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o daños similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque mediare autorización administrativa para aquéllas. Según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la indemnización de los daños o la cesación de tales molestias”

Llamar a la Policìa y solicitar que se presenten, si no se presentan conviene que el «denunciante» se apersone a la dependencia y se convierta en «demandante».Para que su reclamo tenga fuerza, concurra con otros vecinos que puedan probar la acusación que está realizando, o alguna filmación en la que queden registrados los ruidos.

Como siempre esta es una idea y quedo a la espera de otras que nos ayuden a mejorar entre todos nuestra comunidad.

 

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