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El 24 de marzo de 1976 comienza en el país una dictadura que se cobró la vida de 30.000 personas y desmanteló el aparato productivo del país. A continuación, reproducimos un artículo de la revista Siete Días Ilustrados, publicado el 26 de marzo de 1976, apenas dos días después de producirse el golpe.

Fuerzas Armadas: Un trascendente compromiso

Fuente: Revista Siete Días Ilustrados, N° 458, 26 de marzo de 1976.

«Agotadas todas las instancias del mecanismo constitucional, superada la posibilidad de rectificaciones dentro del marco de las instituciones y demostrada, en forma irrefutable, la imposibilidad de recuperación del proceso por sus vías naturales, llega a su término una situación que agravia a la Nación y compromete su futuro.» Así comenzaba la proclama que, en la madrugada del miércoles 24, fue propalada por todas las radioemisoras del país. Más adelante, el documento aludía al «trascendente compromiso» asumido por las Fuerzas Armadas y formulaba una convocatoria a «toda la comunidad nacional». El proceso de reorganización nacional iniciado poco antes por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea definía así el espíritu que lo anima. Las páginas que siguen testimonian los hechos iniciales del pronunciamiento militar, comandado por el teniente general Jorge Videla, el almirante Emilio Massera y el brigadier Orlando Agosti

El primer comunicado se difundió a las 3.21 del miércoles 24, por medio de la Cadena Nacional de Radiodifusión. En él, la Junta de Comandantes Generales informaba a la población que el país se encontraba bajo control operativo de las Fuerzas Armadas y exhortaba al estricto cumplimiento de las disposiciones militares, policiales y de organismos de seguridad. Posteriormente, otro parte militar recordaba la vigencia del estado de sitio y la prohibición de realizar manifestaciones callejeras. Más tarde -y siempre firmados por el teniente general Jorge Rafael Videla, el almirante Eduardo Massera y el brigadier general Orlando Agosti- se informaba que «el personal afectado a la prestación de servicios esenciales, queda directamente subordinado a la autoridad militar», mientras se advertía que por la índole de esos servicios. «las infracciones o deficiencias en su prestación quedan incursos en las disposiciones del Código de Justicia Militar».

Otros comunicados -los números 5 y 6, respectivamente- prohibían la navegación de cualquier tipo de embarcación civil en ríos argentinos y los vuelos en todo el territorio y aguas jurisdiccionales.

La Junta de Comandantes Generales -en su bando número 7- aclaró antes del amanecer que su intervención se efectuó «en favor del país todo y no contra determinados sectores sociales», llamando a la reflexión y exhortando al esfuerzo de trabajadores y empresarios «para lograr que las relaciones laborales se mantengan dentro de un clima de libertad y respeto». El texto de ese comunicado recomendaba a los trabajadores no escuchar incitaciones a la violencia y previno a los empresarios para que no tomaran medidas arbitrarias contra su personal.

Exactamente a las 4.40 las emisoras de radio divulgaron el octavo comunicado: la Junta de- Comandantes daba cuenta de que en el país reinaba tranquilidad y se garantizaba el normal abastecimiento de alimentos a la población.

Otras medidas

Durante las primeras horas de la mañana del miércoles, la ciudad estaba en calma y la mayoría de las actividades fabriles se desarrollaban normalmente. A esa altura del proceso se había decretado asueto administrativo y educacional, feriado bancario cambiario y bursátil y la suspensión de transferencias y el congelamiento de cuentas. Mientras tanto se responsabilizaba a funcionarios y empleados públicos de la conservación de bienes y fondos estatales a su cargo. Antes de las 10 de la mañana las radios dieron cuenta que la Junta de Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas se constituiría, en el edificio Libertador, como Junta Militar.

Los partes números 15 y 16 comunicaron que quien causare lesiones graves o muerte del personal militar y de las fuerzas de seguridad, será recluido por tiempo determinado o penado con la muerte. «Se han creado en todo el territorio del país -dio cuenta el comunicado 15-, los Consejos de Guerra Especiales estables que determina el artículo 483 del Código de Justicia Militar, los que aplicarán el procedimiento sumario establecido en los artículos 481 a 501 del Código de Justicia Militar». Igualmente se castigará con reclusión hasta quince años al que cometiere cualquier violencia con el personal de las fuerzas de seguridad y el «que atentare con armas contra buques, aeronaves, cuarteles o establecimiento militar o de las fuerzas de seguridad», pena que puede llegar a reclusión por tiempo determinado o muerte si se produjeran lesiones graves del personal militar o de seguridad.

Ideario

A las 10.40, al asumir el poder los comandantes generales anunciaron once resoluciones, contenidas en el «Acta para el proceso de reorganización nacional y jura de la Junta Militar». En ese documento se declara caducos los mandatos del presidente de la Nación, gobernadores y vicegobernadores, interventores federales, diputados y senadores nacionales y provinciales, intendentes municipales, representantes y concejales. También se removieron los miembros de la Corte Suprema de Justicia y los integrantes de los tribunales superiores provinciales y se suspendió -entre otras medidas- la actividad política o gremial. Finalmente, el Acta informaba que se notificaría de todo lo resuelto y actuado a las representaciones diplomáticas acreditadas en el país y a las representaciones diplomáticas argentinas en el exterior. El Acta señalaba que una vez efectivizadas esas medidas se designaría al ciudadano que ejercería el cargo de presidente de la Nación.

Esas medidas ponían en marcha lo anunciado a las 3.20 de la mañana en una proclama difundida por la cadena radial y firmada por los tres comandantes generales. Ese documento explicó la determinación asumida por las Fuerzas Armadas: «Esta decisión -señaló en uno de sus párrafos-, persigue el propósito de terminar con el desgobierno, la corrupción y el flagelo subversivo y sólo está dirigida contra quienes han delinquido o cometido abusos de poder. Es una decisión por la Patria y no supone, por lo tanto, discriminaciones contra ninguna militancia cívica o sector social alguno. Rechaza, por consiguiente, la acción disociadora de todos los extremismos y el efecto corruptor de cualquier demagogia».

Por la tarde se difundió el comunicado número 25. En él se establecía la intervención de la CGT y CGE y el congelamiento de sus fondos, la supresión del fuero sindical y la intervención de la Cruzada de Solidaridad, a efectos de su liquidación.

Esas fueron las primeras medidas de la Junta Militar, adoptadas en medio de la expectativa pública, durante una jornada que a pesar del continuo desplazamiento de tropas en todo el país, se vivió en calma y total tranquilidad laboral: según constataron cronistas de distintos medios informativos, las zonas fabriles del Gran Buenos Aires y del interior trabajaron normalmente.

Fuente: www.elhistoriador.com.ar

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